Madrid, 6 mar (.).- La Comisión de Empleo del Congreso instará el miércoles al secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo, a que las indemnizaciones por despido de los trabajadores interinos se equiparen a las de los empleados fijos.
Juan Pablo Riesgo comparecerá en la Comisión de Empleo del Congreso para informar precisamente de los avances para cumplir con la sentencia europea que pide igualar estas indemnizaciones y que ha sido sometida a estudio por un grupo de expertos.
El secretario de Estado de Empleo expondrá, previsiblemente, las conclusiones de este informe que recomienda limitar la interinidad y reconocer el derecho a una indemnización a estos trabajadores cuando terminen sus contratos pero que no se pone de acuerdo en si la cuantía de la indemnización debe ser un mínimo de 12 días por año trabajado o llegar a los 20 días.
Sin embargo, la mayoría de los grupos parlamentarios aprobó el mes pasado en la Comisión de Hacienda pedir al Gobierno que equipare las indemnizaciones por despido de interinos a las que disfrutan los contratados indefinidos.
Fue una iniciativa pactada por el grupo de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea con el PSOE y Ciudadanos y que reclama los cambios legales necesarios para dar cumplimiento efectivo a las recientes sentencias europeas sobre los contratos interinos.
Dado que el grueso de la interinidad se producen en el sector público, la proposición no de ley emplazaba también al Gobierno a elaborar un informe sobre los recursos humanos existentes en este ámbito.
Por ello, Riesgo podría ser interpelado precisamente sobre la necesidad de que se convoque este año una oferta pública de empleo que permita reducir sustancialmente la contratación de personal interino.
En Comú Podem registró la semana pasada otra proposición no de Ley para pedir que el Ejecutivo modifique el Estatuto de los Trabajadores, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud con el objeto de garantizar la estabilidad del empleo.
Solicitan medidas legales que garanticen la no discriminación entre trabajadores temporales y trabajadores fijos en todas las condiciones de trabajo, tanto en la propia contratación, en las condiciones de trabajo en sentido estricto, como en el momento de la extinción contractual.
También piden el carácter estrictamente causal de la contratación temporal para que las necesidades permanentes de empresas y administraciones públicas no sean cubiertas a través de sucesivos contratos temporales, y medidas legales disuasorias o sancionadoras del uso de contratos temporales sin causa.