Madrid, 14 feb (.).- El Tribunal Supremo ha desestimado cuatro recursos que reclamaban una indemnización del Estado por haber abonado el impuesto sobre la plusvalía municipal que después fue anulado por el Tribunal Constitucional al haberse producido un incremento de valor.
En un comunicado remitido este miércoles, el Supremo explica que la sentencia del Constitucional no implica necesariamente que los pagos del impuesto fueran contrarios a la ley, sino que se tiene que demostrar que hubo un daño patrimonial.
En 2021, el Constitucional anuló varios aspectos del impuesto sobre la plusvalía municipal -que, por tanto tuvo que ser reformado-, aunque limitó las eventuales reclamaciones a los casos que hubieran sido recurridos y que no contaran con una resolución.
A pesar de ello, empresas y ciudadanos particulares han reclamado indemnizaciones por responsabilidad patrimonial del Estado por el pago del tributo y el Supremo ya ha resuelto cuatro de ellas, todas desestimatorias.
El tribunal argumenta que la sentencia del Constitucional no supone automáticamente "calificar de antijurídico el abono de determinadas cantidades" ni que estas dañen la responsabilidad patrimonial, sino que es necesario probarlo.
En los cuatro casos examinados se había producido un incremento del valor del terreno, es decir, que había una plusvalía o "una manifestación de riqueza real o potencial cuyo gravamen resulta plenamente compatible con la Constitución" porque es el elemento que constituye la base imponible del impuesto.