⛔ Deja de adivinar ⛔ Usa nuestro buscador de acciones gratuito para encontrar nuevas oportunidades rápidamentePruébalo gratis

Ecuador tiene luz verde de la CAN en salvaguardas a importaciones colombianas

Publicado 08.08.2009, 23:34
Actualizado 09.08.2009, 00:07

Lima, 8 ago (EFE).- La Comunidad Andina (CAN) dio hoy luz verde a Ecuador para que aplique las salvaguardas cambiarias a las importaciones colombianas, aunque le dio a Quito un plazo de 15 días para adecuar sus medidas de tal modo que estas no afecten "el principio de proporcionalidad".

Así, la Secretaría General de la CAN, con sede en Lima, dirimió hoy el espinoso asunto de las salvaguardas que aplica Ecuador, desde el 13 de julio pasado, a más de 1.300 partidas colombianas, entre ellas automóviles, textiles, productos de aseo y refrigeradoras.

Mediante dos resoluciones (que serán publicadas íntegramente el lunes próximo), la Secretaría General consideró que "Ecuador puede adoptar medidas correctivas de carácter transitorio a las importaciones originarias de Colombia", según un escueto comunicado de prensa del organismo andino.

La CAN determinó en la Resolución 1250 que "la devaluación del peso colombiano, medida por el tipo de cambio real bilateral, alteró las condiciones normales de competencia en el mercado ecuatoriano, en los términos del artículo 98 del Acuerdo de Cartagena".

El Gobierno ecuatoriano ha argumentado que aplicó las salvaguardas, con carácter temporal de un año, para proteger la economía de su país, porque la moneda colombiana se ha devaluado cerca del 30%, una medida que ha defendido al punto de que su presidente, Rafael Correa, advirtió de que podría abandonar la CAN si no le daba la razón en este asunto.

En contra de los argumentos de Quito, el Gobierno de Colombia, que considera "ilegal" la medida porque afecta a un solo país del bloque andino, ha enfatizado que su moneda se ha revaluado respecto al dólar un 11,64% en lo que va de año y un 11% en los últimos doce meses.

Los exportadores colombianos se han quejado que tendrán este año pérdidas millonarias calculadas en 200 millones de dólares como consecuencia del gravamen cambiario aplicado por Ecuador (con economía dolarizada), al que se suma otro impuesto que cobra Quito desde hace meses por "descompensación en la balanza de pagos".

Además, los exportadores colombianos (cuyo comercio con Ecuador cayó un 13% en los cinco primeros meses de 2005, al pasar de 571 millones a 489 millones de dólares) advirtieron el mes pasado de que si la CAN no derogaba la medida estaban dispuestos a acudir en última instancia a la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Si bien la CAN autorizó a Ecuador a aplicar las "medidas correctivas de carácter transitorio" a Colombia, hizo una observación importante para Bogotá: las salvaguardas no deben contravenir el "principio de la proporcionalidad".

En ese sentido, la CAN enfatizó que Ecuador no debe exceder "lo necesario para corregir la perturbación" y que las medidas no deberán significar "una disminución de los niveles de comercio existentes antes de la devaluación".

Por otro lado, mediante la Resolución 1251, la Secretaría de la CAN dio un plazo de 15 días a Ecuador para adecuar las medidas que aplica a Colombia, a las recomendaciones del ente andino, sin dar detalles en el comunicado de prensa de los alcances de estas observaciones.

La CAN (integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) explicó que su decisión se sustenta en un estudio detallado del contexto económico bilateral en el que se tuvo en cuenta la evolución de las tasas de cambio nominales y los niveles de precios de los países involucrados.

Quito rompió relaciones con Bogotá el 3 marzo de 2008, dos días después del bombardeo colombiano a un campamento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en territorio ecuatoriano, en el que murió el portavoz internacional de esa guerrilla, "Raúl Reyes", alias de Luis Édgar Devia, así como 25 personas más. EFE

wat/lnm

Últimos comentarios

Instala nuestra app
Aviso legal: Las operaciones con instrumentos financieros o criptomonedas implican un elevado riesgo, incluyendo la pérdida parcial o total del capital invertido, y pueden no ser adecuadas para todos los inversores. Los precios de las criptomonedas son extremadamente volátiles y pueden verse afectados por factores externos de tipo financiero, regulatorio o político. Operar sobre márgenes aumenta los riesgos financieros.
Antes de lanzarse a invertir en un instrumento financiero o criptomoneda, infórmese debidamente de los riesgos y costes asociados a este tipo operaciones en los mercados financieros. Fije unos objetivos de inversión adecuados a su nivel de experiencia y su apetito por el riesgo y, siempre que sea necesario, busque asesoramiento profesional.
Fusion Media quiere recordarle que la información contenida en este sitio web no se ofrece necesariamente ni en tiempo real ni de forma exacta. Los datos y precios de la web no siempre proceden de operadores de mercado o bolsas, por lo que los precios podrían diferir del precio real de cualquier mercado. Son precios orientativos que en ningún caso deben utilizarse con fines bursátiles. Ni Fusion Media ni ninguno de los proveedores de los datos de esta web asumen responsabilidad alguna por las pérdidas o resultados perniciosos de sus operaciones basados en su confianza en la información contenida en la web.
Queda prohibida la total reproducción, modificación, transmisión o distribución de los datos publicados en este sitio web sin la autorización previa por escrito de Fusion Media y/o del proveedor de los mismos. Todos los derechos de propiedad intelectual están reservados a los proveedores y/o bolsa responsable de dichos los datos.
Fusion Media puede recibir contraprestación económica de las empresas que se anuncian en la página según su interacción con éstas o con los anuncios que aquí se publican.
Este aviso legal está traducido de su texto original en inglés, versión que prevalecerá en caso de conflicto entre el texto original en inglés y su traducción al español.
© 2007-2024 - Fusion Media Ltd. Todos los Derechos Reservados.