Ginebra, 15 dic (EFE).- La Unión Europea (UE) y los países
latinoamericanos productores de banano rubricaron hoy un acuerdo
sobre la reducción de aranceles europeos a esa fruta, poniendo así
fin a casi dos décadas de disputa en la Organización Mundial del
Comercio (OMC) y en su predecesora GATT.
Estas son las principales fechas de esta disputa en la OMC:
Febrero de 1996: Ecuador, Guatemala, Honduras, México y EEUU
presentaron un recurso legal contra el régimen de importación de
banano de la UE, en vigor desde julio de 1993, por considerar que
restringía injustamente la entrada del fruto al territorio
comunitario.
Septiembre de 1997: la OMC señaló que el régimen de importación
de banano era incompatible con sus propias normas por varias
razones, entre ellas que la asignación de cuotas arancelarias de la
UE, particularmente a los países del grupo ACP (África, Caribe y
Pacífico) era contraria al principio de no discriminación.
O que los procedimientos para la emisión de licencias para
importar bananas desde algunos países latinoamericanos a la UE eran
contrarios a dos de los principios básicos del Acuerdo General sobre
Comercio y Aranceles (GATT): el de "Nación Más Favorecida" y el de
"Trato Nacional".
Enero de 1999: la UE estableció un nuevo régimen de importación
de banano, pero en abril de ese año la OMC declaró que el bloque
comunitario seguía violando las normas de la institución.
Abril de 1999: la OMC autorizó a EEUU a imponer sanciones a la UE
hasta por 191,4 millones de dólares anuales a través de las
importaciones europeas.
Mayo de 2000: la OMC autorizó a Ecuador a tomar represalias hasta
por 201,6 millones de dólares anuales a través de las importaciones
procedentes de la UE.
Abril de 2001: la UE, EEUU y Ecuador alcanzaron un acuerdo por el
que los dos últimos suspenderían sus sanciones en tanto la UE
cambiase su régimen de importación de banano, basado en un sistema
de cuotas, por otro basado en un arancel único y que debía entrar en
vigor el 1 de enero de 2006.
Bajo ese nuevo régimen, las importaciones de banano ya no
estarían sujetas a cuotas y habría un arancel único para esa fruta,
excepto para el procedente de los países ACP que seguiría gozando de
un sistema preferencial.
Para ello, la UE tenía que renegociar con todos los países
proveedores de banano a la UE sobre una base no-preferencial y
acordar con ellos los detalles del nuevo sistema tarifario.
Al término de estas negociaciones, la parte del mercado europeo
para los abastecedores no debía ser menor que antes.
Noviembre de 2001: en la Conferencia Ministerial de la OMC en
Doha (Qatar), los Estados miembros formalizaron el acuerdo entre
Ecuador y EEUU con la UE, una decisión que también detalló los
procedimientos y el calendario para un posible arbitraje en el caso
de que la UE no lograse alcanzar un acuerdo con respecto a su
sistema arancelario único con los países proveedores de banano.
Una decisión anexa adoptada también en Doha permitía al banano de
los países ACP ser importado con arancel "cero" al mercado de la UE
hasta el 31 de diciembre de 2007.
31 de enero de 2005: tras varios meses de consultas, la UE
informó a la OMC de su nuevo arancel para el banano: 230 euros por
tonelada.
Marzo/abril de 2005: Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador,
Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y Venezuela solicitaron a la
OMC un arbitraje en base a la Decisión Ministerial de Doha.
Agosto de 2005: el grupo arbitral dictaminó que la propuesta
europea de 230 euros por tonelada no permitiría mantener el mismo
nivel de acceso al mercado del banano que tenían hasta entonces los
países latinoamericanos.
12 de septiembre de 2005: la UE propuso una tarifa revisada de
187 euros por tonelada. Las partes iniciaron nuevas consultas.
26 de septiembre de 2005: la UE solicitó un segundo arbitraje,
señalando que, excepto una propuesta estableciendo un arancel "cero"
para el banano, no había recibido ninguna alternativa a su oferta
arancelaria.
27 de octubre de 2005: el segundo arbitraje determinó que la
propuesta de 187 euros por tonelada y una cuota de 775.000 toneladas
asignadas a los países ACP no podría resultar en "al menos mantener
un acceso total al mercado para los proveedores de banano" bajo el
régimen de "Nación Más Favorecida" (latinoamericanos).
29 de noviembre de 2005: la UE estableció un nuevo arancel para
los países del régimen de "Nación Más Favorecida": 176 euros por
tonelada y un arancel "cero" para los países ACP hasta las 775.000
toneladas, medidas que entraron en vigor el 1 de enero de 2006.
Noviembre de 2005: Honduras, Panamá y Nicaragua pidieron por
separado entablar consultas con la UE, y un año más tarde lo hizo
Ecuador.
Un grupo de árbitros sentenció en abril de 2008 que la cuota de
arancel "cero" para el grupo ACP y el nivel de arancel definido para
el resto de países violaban reglas el GATT.
Colombia y Panamá presentaron nuevas denuncias ante la OMC en
2007, y otro grupo de arbitraje, creado a petición de EEUU, condenó
en mayo de 2008 una vez más a la UE.
28 de agosto de 2008: la UE apeló ambos dictámenes, pero la OMC
corroboró las conclusiones de los dos grupos arbitrales precedentes.
11 de diciembre de 2008: el Órgano de Solución de
Diferencias(OSD) adoptó los dictámenes relacionados con la queja de
Ecuador.
El día 22 de ese mes el DSB adoptó informes relativos a la
demanda de EEUU. EFE