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CNMV ve razonable promover asistencia telemática a las juntas de accionistas

Publicado 10.03.2020, 19:21
Actualizado 10.03.2020, 19:29
© Reuters.  CNMV ve razonable promover asistencia telemática a las juntas de accionistas

Madrid, 10 mar (.).- La Comisión Nacional del Mercados de Valores (CNMV) considera "razonable" que, en las circunstancias actuales, las empresas cotizadas promuevan la asistencia a las Juntas de Accionistas por representación o a través de medios telemáticos, y ve "factible" incluso que se celebre de forma "íntegramente telemática".

El supervisor bursátil ve apropiado recurrir a este tipo de soluciones aunque no estén expresamente recogidas en los estatutos, siempre que se garanticen los drechos de los accionistas.

Ante la expansión del coronavirus y en respuesta a las consultas planteadas por las empresas, la CNMV ha publicado una serie de consideraciones sobre la celebración de las Juntas Generales Ordinarias.

El supervisor bursátil considera "muy razonable en las actuales circunstancias" que las empresas, de acuerdo con las normas de derecho societario, estimulen "cuanto sea posible" la asistencia de los accionistas a las juntas por representación, en lugar de presencialmente.

Del mismo modo, se considera adecuado "maximizar la utilización de mecanismos de asistencia remota y voto a distancia de los accionistas", incluidos sistema de telepresencia o conexión telemática en tiempo real o cualquier otro medio previsto en los estatutos o en el reglamento de la junta general de accionistas.

Según la CNMV, "si estos medios están disponibles y resultan efectivos, puede incluso ser factible una Junta General íntegramente telemática".

El supervisor bursátil entiende que, dada la situación, debe reconocerse el máximo margen de flexibilidad a los consejos de administración para adoptar medidas y soluciones que contribuyan a preservar la salud de las personas y a evitar la propagación del virus, "aunque no estén expresamente contempladas en los estatutos, el reglamento de la junta o las convocatorias realizadas", "siempre que se garantice de modo efectivo el ejercicio de los derechos de información, asistencia y voto de los accionistas, y la igualdad de trato.

Por ejemplo, la CNMV considera razonable posibilitar la asistencia telefónica o por videoconferencia de los administradores u otras personas obligadas a estar presentes en las juntas que, por motivos de salud o eventuales restricciones de viaje, no puedan asistir personalmente.

El supervisor señala que, puesto que la situación es cambiante, deberán seguirse las instrucciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias.

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