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La ley que permite deducirse la mitad de invertido en startups entra en vigor

Publicado 22.12.2022, 16:41
© Reuters.  La ley que permite deducirse la mitad de invertido en startups entra en vigor

Madrid, 22 dic (.).- La conocida como Ley de Startups (empresas emergentes), que permite al contribuyente deducirse la mitad de lo invertido en suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva creación hasta una base máxima de 100.000 euros anuales, entra en vigor este viernes.

Se trata de la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, cuyo texto publica este jueves en el BOE, y que establece una serie de incentivos para las empresas de nueva creación, que no tengan más de cinco años de antigüedad, siete en caso de algunos sectores estratégicos; y que tengan sede social en España.

La ley establece ciertas condiciones para esta deducción, como que las acciones o participaciones se compren bien en el momento de la constitución de la sociedad o que ésta haya efectuado una ampliación de capital.

Además, se deberá permanecer en su patrimonio un plazo superior a tres años e inferior a doce años. Además, el contribuyente no debe tener más del 40 % del capital de la sociedad, entre otros requisitos.

Hasta ahora ya se contemplaban deducciones para este tipo de inversiones, que estaba fijado en un 30 % de capital hasta un tope de 60.000 euros.

Estas son algunas de las novedades que se han introducido con esta nueva ley, que aprobó el Congreso de forma definitiva el pasado 1 de diciembre.

Se contemplan una serie de incentivos y simplificaciones administrativas para este tipo de empresas, como la rebaja del impuesto de sociedades hasta el 15 % durante los primeros cuatro años, la eliminación de la obligación de pagos fraccionados o la posibilidad de aplazar la deuda tributaria.

Asimismo, establece una exención fiscal para las opciones de compra de acciones ("stock options") de hasta 50.000 euros, entre otras medidas.

La ley define como compañías de nueva creación las que además de no tener más de cinco años de antigüedad, siete en caso de algunos sectores estratégicos, no hayan facturado más de 10 millones de euros y desarrollen un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.

UN FORO NACIONAL DE EMPRESAS EMERGENTES ANTES DE JULIO

En virtud de esta ley, antes de julio, el Consejo de Ministros deberá aprobar un real decreto que regule el funcionamiento del Foro Nacional de Empresas Emergentes, que será un órgano interministerial consultivo y de colaboración entre las administraciones públicas, universidades, organismos públicos de investigación y centros tecnológicos, y asociaciones.

El objetivo será analizar, identificar buenas prácticas y debatir las políticas públicas de impulso al emprendimiento en investigación y desarrollo y en innovación.

Entre las funciones del Foro está la emisión de informe preceptivo y no vinculante para la evaluación continua de la aplicación de la presente ley.

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