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Ryanair, condenado a indemnizar a USO y Sitcpla con 30.000 euros a cada uno

Publicado 25.04.2023, 16:00
© Reuters.  Ryanair, condenado a indemnizar a USO y Sitcpla con 30.000 euros a cada uno
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Madrid, 25 abr (.).- El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que declaraba que Ryanair (LON:RYA) había vulnerado el derecho de huelga de sus tripulantes de cabina (TCP) en España en 2019 y que lo condenaba a pagar 30.000 euros a los dos sindicatos demandantes, USO y Sitcpla.

La Sala Social del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de Ryanair Dac, Crewlink Ireland y Workforce Contractors contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de 17 de marzo de 2021, que declaró que vulneraron el derecho de huelga de los trabajadores que participaron en la protesta convocada en 10 días de septiembre de 2019, así como los derechos de libertad sindical de USO y Sitcpla.

El TS confirma dicha sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional, que estimó parcialmente la demanda formulada por USO y Sitcpla contra las empresas citadas, e impone a la aerolínea de bajo coste irlandesa y sus agencias de contratación las costas en la cuantía de 1.500 euros a cada una de ellas.

La sentencia ahora ratificada declaró la nulidad radical de varias de las actuaciones empresariales por contrarias a los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical, y condenó solidariamente a las tres empresas a indemnizar a los dos sindicatos demandantes por daños morales causados con la suma de 30.000 euros para cada uno de ellos, ha detallado este martes el TS en un comunicado.

En su recurso, Ryanair y sus agencias de contratación solicitaban que se redujera el importe de la indemnización a los sindicatos a la cuantía de 6.250 euros para cada uno de ellos.

Además, la sentencia condenó a las tres empresas a reponer a los trabajadores que participaron en la huelga convocada los días 1, 2, 6, 8, 13, 15, 20,22 ,27 y 29 de septiembre de 2019 en el bonus de productividad mensual por importe de 150 euros mensuales, del que sólo cabrá deducir la suma de 5 euros por cada jornada de participación en dichas movilizaciones.

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