Bruselas, 19 jul (.).- La Comisión Europea (CE) anunció este lunes la apertura de una investigación en profundidad para evaluar si el laudo arbitral favorable al fondo Antin por el que España debe pagar una compensación respeta las normas de la Unión Europea sobre ayudas estatales.
En 2007, España instauró un régimen de apoyo a la producción de electricidad procedente de fuentes renovables que no se notificó a la Comisión para su autorización con arreglo a las normas sobre ayudas estatales, precisó la CE en un comunicado.
En 2013, España modificó las condiciones en las que las instalaciones de energías renovables podían obtener apoyo y esos cambios también son aplicables a las instalaciones que habían comenzado a recibir apoyo en virtud del régimen de 2007.
Bruselas consideró que el régimen español de 2013 se ajustaba a las normas de la Unión sobre ayudas estatales.
Antin Infrastructure Luxembourg y Antin Energía Termosolar habían llevado a cabo inversiones en instalaciones de energías renovables en España que se beneficiaban del régimen de apoyo de 2007.
Tras las modificaciones introducidas mediante el régimen de 2013, Antin inició un procedimiento de arbitraje con objeto de obtener una compensación por el cese del apoyo que sí habría recibido con arreglo al régimen de 2007.
Un laudo arbitral de 2018 dictaminó que España había infringido el Tratado sobre la Carta de la Energía al modificar el régimen de apoyo a las energías renovables de 2007 e instaurar un nuevo régimen de apoyo en 2013, en virtud del cual el nivel de apoyo era inferior.
En consecuencia, el tribunal de arbitraje ordenó a España compensar a Antin por las pérdidas sufridas por las modificaciones.
El importe de la compensación se fijó en 101 millones de euros, más los intereses devengados por ese importe y una contribución a las costas del procedimiento arbitral, indicó Bruselas.
La opinión preliminar de la Comisión es que el laudo arbitral constituiría ayuda estatal, "dado que concede a Antin una ventaja equivalente a las que otorgaba el régimen español no notificado de 2007".
En concreto, las dudas de la Comisión giran en torno a la conformidad del laudo arbitral con los principios de confianza mutua y autonomía del Derecho de la UE.
Bruselas también se pregunta si el laudo "puede generar discriminación entre los inversores en función de su nacionalidad y su capacidad de recurrir al arbitraje internacional, dado que los inversores españoles no tienen la posibilidad de interponer una acción ante un tribunal de arbitraje por las modificaciones del régimen de 2007".
La CE también se plantea si el laudo cumple las directrices de la Comisión de 2008 sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente y las directrices de la Comisión de 2014 sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía.
"Las instalaciones de energías renovables en las que ya había invertido Antin se benefician del régimen de ayudas de 2013, que ha sido autorizado por la Comisión con arreglo a las normas sobre ayudas estatales", recalcó la CE.
La Comisión investigará si el apoyo adicional concedido por el laudo arbitral es necesario para el desarrollo de una actividad económica, "tiene efecto incentivador y es proporcionado".
"Asimismo, investigará si conceder ese apoyo únicamente a Antin puede falsear indebidamente la competencia", apuntó.
El inicio de una investigación en profundidad no prejuzga su resultado.
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