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El Supremo rechaza que Sepes pueda ejecutar labores de rehabilitación urbana

Publicado 03.10.2022, 15:08
El Supremo rechaza que Sepes pueda ejecutar labores de rehabilitación urbana

Madrid, 3 oct (.).- El Tribunal Supremo ha declarado nula la ampliación del objeto del Sepes (Entidad Pública Empresarial del Suelo) a la actividad de rehabilitación que aprobó el Consejo de Ministros en octubre de 2021 por haber omitido el trámite de consulta pública.

En una sentencia fechada el pasado 20 de septiembre, la sala de lo contencioso-administrativo ha estimado el recurso presentado por la Confederación Nacional de la Construcción.

El Gobierno aprobó mediante un real decreto la actualización del estatuto del Sepes para que pudiera ejecutar actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana, incluida las reformas de inmuebles en instalaciones de titularidad pública.

Ello permitía que el Sepes pudiera recibir encargos, entre otros, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Lo que ha abordado el Supremo es si la ampliación del objeto social del Sepes podría considerarse, como defendía el Abogado del Estado, como una norma organizativa, en cuyo caso se puede prescindir del trámite de consulta pública.

Y lo que ha concluido es que el precepto impugnado, que ampliaba el objeto social de Sepes a la rehabilitación de inmuebles de titularidad pública, "no es una norma organizativa y, por tanto, no se halla dentro de la posible excepción a la regla general de que en la elaboración de disposiciones generales debe haber un trámite de consulta pública".

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