Madrid, 14 dic (.).- La Inspección de Trabajo deberá elaborar un informe sobre cada expediente de regulación de empleo (ERE) en el que constate la concurrencia de las causas especificadas por la empresa para alegar el despido colectivo.
Esta medida, incluida en una enmienda de Bildu acordada con el Gobierno en la Ley de Empleo, dará a la Inspección de Trabajo "un papel decisorio en la supervisión y el control de los despidos colectivos para que obedezcan a causas objetivas", según subraya Bildu en una nota.
La enmienda transaccional aprobada recoge que la autoridad laboral recabará "con carácter preceptivo" el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que deberá ser evaluado en quince días desde la notificación de la finalización del periodo de consultas para incorporarlo al procedimiento.
"El informe de la Inspección se pronunciará sobre la concurrencia de las causas especificadas en la comunicación inicial y constatará si la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta para despedir", detalla la enmienda.
La Inspección de Trabajo, por tanto, "evaluará y emitirá su conformidad o no sobre las causas alegadas por la empresa para la ejecución del despido colectivo, aportando así una medida de protección laboral capital para los trabajadores y trabajadoras frente a las empresas", destaca Bildu.
Este cambio, que se incluirá en la ley a través de una modificación del artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores, no supone una recuperación de la autorización administrativa de los ERE previa a la reforma laboral de 2012 sino un mayor papel de la Inspección en el control de estos despidos colectivos.
La autorización administrativa previa se recuperó durante la pandemia para los ERTE por fuerza mayor.