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Patronal de Nicaragua recurrirá contra nuevo reglamento tributario

Publicado 20.02.2014, 00:12

Managua, 19 feb (EFE).- La principal cúpula empresarial de Nicaragua anunció hoy que recurrirá por inconstitucionalidad un reglamento publicado por el Ejecutivo que ordena aplicar una reforma tributaria de forma retroactiva.

"Vamos a introducir un recurso por inconstitucionalidad. Me corresponde a mí hacerlo como presidente del Cosep (Consejo Superior de la Empresa Privada)", dijo en rueda de prensa el titular de ese organismo, José Adán Aguerri.

El recurso por inconstitucionalidad será introducido en contra del reglamento de la Ley de Concertación Tributaria, el cual manda a aplicar dicha legislación de forma retroactiva, a pesar de que la Constitución Política de Nicaragua prohíbe la retroactividad, explicó el dirigente gremial.

La aplicación de la reforma tributaria de forma retroactiva no sólo permitirá cobrar nuevos impuestos a partir de este mes, sino también desde un año atrás, a pesar de que la Ley no podía aplicarse por falta de reglamento, denunció el titular del Cosep.

"La seguridad jurídica, la certidumbre, la confianza, son temas que nos ha tomado años, no se puede perder en días", valoró.

No obstante, Aguerri expresó sus dudas en que ese recurso pueda prosperar en el seno de la Corte Suprema de Justicia, controlada por los sandinistas y, de ser así, dijo, lo importante es crear, al menos, un precedente.

Asimismo, anunció que si el recurso del Cosep es rechazado, las cámaras y asociaciones que integran esa cúpula también recurrirán en contra el reglamento de la reforma tributaria.

La Alianza Nicaragüense por la Justicia Fiscal, integrada por expertos tributarios y juristas, observó ayer que parte del problema que en la actualidad enfrentan los contribuyentes es que la Dirección General de Impuestos (DGI) aún no emite los formularios para pagar tributos.

Por su lado, el diputado disidente sandinista y miembro de la Comisión Económica, Enrique Saenz, dijo a periodistas que en efecto el reglamento es inconstitucional porque la retroactividad no se contempla en la legislación.

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