Madrid, 11 may (.).- Los peritos de la acusación que han declarado este martes en el juicio por operaciones inmobiliarias de Sa Nostra con el Grupo Martín Gual han expuesto la paradoja que supone que "la caja le pague a un deudor todo el dinero que le ha prestado y además los intereses", sin obtener beneficio alguno.
Así lo han explicado ante la sección tercera de la sala de lo penal, en el juicio por la relación de la caja con el Grupo Martín Gual, por operaciones que causaron un perjuicio económico "que oscila entre 48 y 50 millones de euros", detectadas por el Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB), que en 2015 puso cinco expedientes en conocimiento de la justicia.
Entre los expertos de la acusación Tomás Muñoz y Cristina Rosselló, y los de las defensas, entre los que figuran los técnicos de PwC Sergio Aranda y Javier López Andreu, ha habido discrepancias sobre en qué momento se produce el perjuicio para la entidad financiera.
En su escrito, la Fiscalía remite al informe elaborado por el Banco de España, que evidencia que las operaciones, algunas destinadas a la compra de fincas en Son Morlà, Son Morlanet y Son Bordoy (Palma), se hicieron sin "certeza de la solvencia del deudor" ni seguimiento del riesgo, lo que permitió que las sociedades vinculadas al grupo "no pudieran cumplir con sus compromisos de pago".
Sobre este punto, los peritos de la acusación han explicado que si se compran acciones a un precio excesivo y esos activos se usan como garantía de un préstamos, ya hay perjuicio; no es preciso esperar al momento de la venta de activos, han añadido.
El problema radica en la tasación de esos inmuebles, que no se tasaron correctamente.
La caja, han asegurado, había financiado ella misma la adquisición de esas participaciones o activos, sin que el deudor aportara "ni un euro, ni del préstamo ni de los intereses", con lo que se llegó a una situación de "autopago".
Desde el banquillo de la defensa, los expertos de PwC han admitido coincidir en parte con lo expuesto por Muñoz y Rosselló.
La única discrepancia, ha señalado Aranda, es sobre en qué momento se produce el perjuicio y desde cuándo se puede cuantificar, si en el momento de adquirir los bienes, como sostienen los expertos de la acusación, o en el momento de la venta.
En su opinión, el perjuicio se produce cuando se vende, ya que hasta ese momento la pérdida es latente; el perjuicio contra una tasación puede ser reversible, hasta que se produce la venta "y entonces ya es irreversible".
"El dinero siempre sale del mismo sitio, del banco, ya que el acreditado no pone dinero, en esto estamos de acuerdo", ha indicado Aranda.
Con mayor detalle, Rosselló ha expresado su conformidad con las debilidades detectadas en dos inspecciones del Banco de España, tanto en conclusiones generales como en las particulares referentes a la relación con Martín Gual.
Por una parte, debilidades en el control interno de la entidad, principalmente en las participadas, ya que adolecían de escaso rigor en la concesión y de insuficiente documentación, al tiempo que las actas de la comisión ejecutiva no recogían información de las operaciones aprobadas.
Asimismo, ha relatado que no se realizaban informes de seguimiento periódico para grupos económicos mayores de 5 millones de euros, no se analizaba su solvencia ni su capacidad de reembolso.
Rosselló ha relatado que se aprobaban operaciones en contra de las opiniones de los analistas, que presentaban serias dudas sobre su recuperabilidad, y las tasaciones eran deficientes.