Madrid, 18 dic (.).- El Ministerio para la Transición Ecológica ha sacado a audiencia pública la propuesta de orden ministerial por la que se crea un mercado de capacidad en el sistema eléctrico peninsular español con el objetivo de preservar la seguridad de suministro, que espera esté aprobado en el primer semestre de 2025.
Fuentes del Ministerio se refieren a él como un seguro que el regulador adquiere en nombre de los consumidores -a los que se les repercutirá después en su factura siguiendo el esquema de peajes y cargos- para garantizar el suministro en los momentos de mayor estrés para el sistema, como una noche de invierno con escasa generación renovable, temperaturas muy frías y, por ende, una elevada demanda.
El futuro mercado de capacidad ofrecerá, además, señales de inversión para que el almacenamiento y otras soluciones que aportan firmeza y flexibilidad, como la gestión de la demanda, se incorporen definitivamente al sistema y se avance ordenadamente hacia una economía neutra en emisiones de carbono.
Requisitos
El mecanismo propuesto plantea un mercado centralizado, gestionado por el operador del sistema, Red Eléctrica (BME:REDE), y tecnológicamente neutro, en el que participen las instalaciones de generación y almacenamiento, así como la demanda (consumidores y agregadores).
Todos percibirán una retribución por aportar firmeza al sistema eléctrico, bien por estar disponibles para inyectar electricidad en las redes o bien por reducir el consumo, siempre a requerimiento de Red Eléctrica.
Para participar hay que cumplir una serie de requisitos, entre ellos medioambientales, y es que como instrumento de política energética que es ha de incorporar elementos que vayan más allá de la seguridad de suministro.
Así, las instalaciones generadoras ya existentes no podrán emitir más de 550 gramos de dióxido de carbono o CO2 por kilovatio hora (kWh), unos niveles que permitirían la participación del gas pero no de otros combustibles fósiles
Pero también tendrán que disponer de los requisitos de firmeza y flexibilidad que fije cada procedimiento de concurrencia competitiva para permitir la integración de renovables, y serán incompatibles con otros regímenes retributivos como el Recore y el pago por capacidad.
Cuando se trate de nuevas inversiones, sólo podrán corresponder a tecnologías renovables, almacenamiento o demanda. Es decir, no podrán concurrir a este mecanismo, por ejemplo, ciclos combinados.
Del mismo modo deberán contar con una capacidad de oferta mayor o igual a 1 MW, y tener permisos de acceso y conexión a la red en el momento de la subasta.
Subastas
La propuesta prevé la celebración de tres tipos diferentes de subasta, cuyo volumen y periodicidad dependerá de las previsiones de demanda y de las necesidades de potencia firme.
En la principal podrán participar instalaciones existentes y nuevos proyectos de renovables, almacenamiento o demanda que vayan a prestar servicio a partir de la fecha que fije la convocatoria, hasta cinco años después de la adjudicación. El periodo de prestación será distinto en función del tipo de instalación y de la tecnología.
Con carácter general, se celebrarán anualmente, siempre que se hayan detectado necesidades de firmeza, y la duración del servicio será de un año para instalaciones existentes, hasta quince para nuevas inversiones y entre uno y diez años para nuevas demandas.
En las subastas de ajuste anual, diseñadas para resolver situaciones coyunturales, sólo podrán participar instalaciones en servicio, que actuarán durante doce meses a contar a partir de una fecha definida en la convocatoria, dentro de los siguientes doce meses desde la adjudicación.
Por su parte, las transitorias garantizarán la firmeza del sistema eléctrico hasta el año de inicio de la prestación del servicio otorgado con la subasta principal. Se celebrarán todos los ejercicios hasta entonces y podrán participar instalaciones existentes y nuevas inversiones, con un plazo de prestación anual.
Para dar más liquidez al nuevo mecanismo de capacidad, se prevé la existencia de un mercado secundario de los derechos y las obligaciones adjudicados en las subastas.
Trámite de aprobación
Los mecanismos de capacidad están presentes históricamente en la Unión Europea (UE), que en un primer momento abrió procedimientos de infracción a la práctica totalidad de sus Estados miembros para que dejarán de aplicarlos.
Sin embargo, ha ido autorizando algunos, aunque con un horizonte temporal, una condición que ha eliminado la reciente reforma del diseño del mercado eléctrico europeo.
La implantación de un mercado como este debe respectar la normativa comunitaria sobre ayudas de Estado -hay que justificar que adoptarlo implica un coste menor al que conllevaría un apagón en España- y del mercado interior de la electricidad, algo en lo que el Ministerio ha venido trabajando con la Comisión Europea.
Conforme a estas directrices, la propuesta permanecerá durante seis semanas en consulta pública, que cubrirá aspectos de su diseño -requisitos de acceso, método de concurrencia competitiva propuesto, forma de asignar los costes de la medida a los consumidores...-.
Posteriormente, se solicitará de manera formal la autorización como ayuda de Estado. En paralelo, y a nivel nacional, se seguirá tramitando el proyecto y el procedimiento de operación de Red Eléctrica, con los preceptivos informes ministeriales y del Consejo de Estado.