Investing.com - Hasta el 5 noviembre tendrán que esperar los bancos (y los ciudadanos) para saber quién paga los impuestos de las hipotecas. El Tribunal Supremo, que se reunía hoy con carácter urgente, ha aplazado su decisión sobre la polémica ‘marcha atrás’ en la Sentencia que comunicaba el jueves, que serían los bancos los que acarrearían este coste, y que dejó en ‘stand by’ un día después.
Los bancos del Ibex 35, que habían comenzado la sesión en positivo, caen ahora al unísono. Banco Sabadell (MC:SABE) cae un 3,83%, Bankia (MC:BKIA) un 3,50%, BBVA (MC:BBVA) un 1,27% y CaixaBank (MC:CABK) un 1,83%, Bankinter (MC:BKT) un 0,46% y Banco Santander (MC:SAN) un 0,41%.
En un comunicado, el Supremo pone de manifiesto que “la sentencia número 1505/2018, a la que se refería el acuerdo del presidente de la Sala Tercera del pasado viernes 19 de octubre, conocida por la opinión pública, dictada por la sección segunda de la Sala Tercera de este Tribunal, relativa a la determinación del sujeto pasivo del impuesto de Actos Jurídicos Documentados que grava las escrituras públicas que documentan préstamos con garantía hipotecaria, es firme y no susceptible de revisión por el Pleno de la Sala Tercera, produciendo plenos efectos en relación con las partes en litigio y respecto de la anulación del artículo 68, párrafo segundo, del Reglamento del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados”.
Asimismo, el Supremo destaca “los magistrados integrados en la sección segunda de la Sala Tercera de este Tribunal Supremo y el presidente de dicha sección han actuado en todo momento en relación con estos asuntos con plena lealtad al Alto Tribunal, así como con independencia, profesionalidad y competencia técnica en la interpretación y aplicación de la ley, y con escrupuloso respeto a las normas procesales aplicables al presente caso”.
En tercer lugar, el Supremo se defiende de las críticas de estos días alegando que “la avocación al Pleno de la Sala de los asuntos pendientes y no resueltos sobre esta materia por parte del presidente de la Sala forma parte de sus atribuciones legales cuando lo estime necesario para la Administración de Justicia, sin perjuicio de las facultades del Pleno para resolver lo que en Derecho proceda”.
Recordamos que la sentencia del jueves 18, que imponía a los bancos el coste de los impuestos de las hipotecas, contradecía a una sentencia dictada seis meses atrás, que afirmaba que serían los ciudadanos los que tendrían que abonar estos gastos.