Bruselas, 20 oct (EFE).- El abogado general del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea (UE) cree que España incumplió las
normas comunitarias en la adjudicación en 1999 de un contrato de
obras para dos tramos de la autopista A-6.
En 2005, la Comisión Europea decidió llevar a España ante la
corte con sede en Luxemburgo al considerar que el procedimiento de
adjudicación de los trabajos en la A-6 no se ajustaba a la normativa
de la UE.
El ejecutivo comunitario consideró que se había incluido un
paquete adicional de infraestructuras que no figuraba en el anuncio
de licitación ni en el pliego de condiciones y que, por tanto, no se
había dado el mismo trato a todas las empresas interesadas.
En concreto, se trata de los contratos para la construcción y
explotación de los tramos para conectar Ávila y Segovia con la A-6,
y para la explotación a partir de 2018 del peaje entre las
localidades de Villalba (Madrid) y Adanero (Ávila).
Tras haber publicado en junio de 1999 un pliego de cláusulas
administrativas para la adjudicación de estos dos contratos -que
además incluían la construcción de la variante de Guadarrama y de un
cuarto carril entre Madrid y Villalba-, el Gobierno español aprobó
un mes después un nuevo pliego en el que suprimía estas dos obras
menores "por razones de índole técnica".
Además, se alteraba también el período por el que la empresa
ganadora del concurso podría cobrar el peaje de los dos tramos de la
A-6.
En septiembre de ese mismo año, se declaró vencedora la propuesta
de Iberpistas (empresa que actualmente explota la A-6 entre Villalba
y Adanero), que contenía una serie de obras adicionales respecto a
las mencionadas explícitamente en el segundo pliego.
Esos nuevos trabajos contemplaban la construcción de un carril
por sentido en el tramo gratuito de la A-6 entre Madrid y Villalba,
un carril de circulación por sentido entre Villalba y el Valle de
los Caídos y un carril adicional -además de un nuevo túnel- entre el
Valle de los Caídos y San Rafael.
El importe del paquete adicional de infraestructuras equivale más
o menos al de las obras en los nuevos tramos en dirección Segovia y
Ávila incluidos en el anuncio de licitación, recordó entonces la CE.
En sus conclusiones emitidas hoy, el abogado general Paolo
Mengozzi ha argumentado que el segundo pliego "no se adecuaba a los
requisitos de publicidad, ya que no hubo suficiente correspondencia
entre lo indicado en el segundo pliego y las obras adjudicadas en la
concesión a Iberpistas".
En referencia a las alegaciones españolas, que sostienen que la
modificación en el pliego tenía por objeto dar un mayor margen a la
libre iniciativa de los licitadores, Mengozzi ha señalado que esa
razón debía haberse indicado explícitamente en las nuevas
condiciones.
Por todo ello, el abogado general ha propuesto al Tribunal que
declare que España incumplió la directiva comunitaria, así como los
principios de igualdad de trato y de no discriminación al no haber
incluido en el pliego determinadas obras adicionales que
posteriormente fueron adjudicadas.
La opinión del abogado general no es vinculante para el Tribunal,
pero los jueces suelen guiarse por ella al dictar sentencia. EFE