Bruselas, 20 jun (EFE).- Las nuevas reglas para las agencias de calificación de riesgo aprobadas por la Unión Europea (UE) entran en vigor hoy y obligarán a partir de ahora a estas entidades a ser más transparentes cuando otorguen una nota a bonos soberanos y corporativos.
Las nuevas reglas reducirán la dependencia de calificaciones externas de los fondos de inversión colectiva en valores mobiliarios, gestores de fondos de inversión alternativos y fondos de pensiones y exigirán a las instituciones financieras a reforzar su propio análisis.
Para evitar distorsiones en los mercados, las agencias de calificación de riesgo tendrán que indicar en un calendario cuándo emitirán una nota sobre los Estados miembros de la UE y éstas deben limitarse a tres al año para las evaluaciones no solicitadas.
Las notas solo podrán ser publicadas los viernes tras el cierre de las bolsas y al menos una hora antes de la apertura de los parqués en la UE.
Además, las agencias tendrán que explicar a los inversores y a los Estados miembros de los factores y asunciones que fundamentan su calificación.
Las nuevas normas europeas establecen además la posibilidad de reclamar responsabilidades a las agencias si violan intencionadamente la regulación o cometen una gran negligencia causando perjuicios económicos a un inversor o emisor.
Para mejorar la independencia de las agencia de calificación de riesgo y eliminar los conflictos de interés, las reglas europeas introducen rotaciones obligatorias para ciertos instrumentos financieros estructurados complejos.
En concreto, dispone que los emisores de productos financieros estructurados con activos subyacentes retitularizados, que pagan por las calificaciones crediticias, deben cambiar de agencia cada cuatro años.
Una misma agencia no podrá, por tanto, volver a calificar los productos de un mismo emisor durante un periodo equivalente a la duración del contrato vencido, que tendrá una duración máxima de cuatro años.
La rotación obligatoria no será aplicable en cambio a las agencias de calificación más modestas ni a emisores cuyas calificaciones sean formuladas al menos por cuatro agencias distintas.
Se introducirá una cláusula de revisión sobre la posible extensión de la rotación obligatoria a otros instrumentos en el futuro.
Debido a la complejidad de los instrumentos financieros estructurados y su papel en la contribución a la crisis financiera, la regulación también exige a los emisores que encarguen la calificación de sus productos a al menos dos agencias crediticias.
Para hacer frente al riesgo de conflicto de intereses, se solicitará a las agencias de calificación que publiquen si alguna de las entidades que califican posee el 5 % o más de su capital o derechos de voto.
Las agencias tendrán prohibidas las calificaciones si un accionista suyo con el 10 % o más de su capital o derechos de voto también posee el 10 % en la entidad evaluada.
A fin de garantizar la diversidad y la independencia de las agencias, la regulación prohíbe igualmente poseer más del 5 % del capital o derecho de voto en más de una agencia crediticia, salvo que éstas pertenezcan al mismo grupo.
Todas las calificaciones disponibles serán publicadas en una plataforma europea de notas, pública a partir de junio de 2015. EFE