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Corte Suprema ratifica prohibición para que particulares exploten el petróleo

Publicado 05.06.2010, 01:20
Actualizado 05.06.2010, 02:07

México, 4 jun (EFE).- La Corte Suprema de México ratificó hoy que, de acuerdo con la Constitución, solo el Estado está autorizado para la explotación de los hidrocarburos en el subsuelo del territorio del país, y no pueden ser entregados en concesión a particulares.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a la empresa Esteva Mercantil Mexicana que pretendía una concesión para explotar, por 50 años, el petróleo y demás hidrocarburos ubicados en el subsuelo de la zona económica exclusiva del Golfo de México, indicó la Corte en un comunicado.

El máximo tribunal mexicano recordó que el Artículo 27 de la Constitución establece que el dominio de las tierras o aguas puede cederse a particulares, con excepción de los hidrocarburos, los cuales no pueden convertirse en propiedad privada.

Los magistrados de la Corte ratificaron que la mayoría de los recursos minerales u otros recursos pueden ser entregados a la iniciativa privada para que puedan ser explotados de manera temporal bajo la figura de concesión "cuando ésta se permita".

Recordaron que la Constitución establece de manera precisa el dominio directo sobre los hidrocarburos en todo el territorio nacional y en las zonas de dominio soberano del país.

"En las áreas geográficas en las que ejerce dicho dominio o goza de soberanía, sea plena o restringida, queda vedada toda posibilidad de autorizar a particulares para realizar la explotación de ese recurso natural no vivo", precisó el comunicado.

Añadió que esta prohibición se extiende a todas las zonas económicas exclusivas del país como es la plataforma continental la cual "forma parte del territorio nacional". EFE

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