Lima, 3 feb (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) de Perú
declaró infundada una demanda contra dos leyes que promueven las
inversiones privadas para recuperar y conservar bienes de patrimonio
nacional y facilitan la construcción en zonas aledañas a los centros
históricos y arqueológicos, informó hoy este organismo.
El TC desestimó el pasado lunes en la ciudad peruana de Arequipa
la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Gobierno
regional de Cuzco contra las también llamadas por sus detractores
como "leyes antipatrimonio", al considerar que eran discriminatorias
por estimular sólo la infraestructura turística de alta categoría.
La demanda, que fue admitida a trámite en agosto de 2008, pedía
declarar la inconstitucionalidad de la Ley 29164 o "Ley de Promoción
y Desarrollo sostenible de Servicios Turísticos en los bienes
inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación" y la Ley
29167.
La primera establece condiciones que buscan favorecer y
promocionar el desarrollo de inversión privada que permita la
recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y
desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del
patrimonio cultural de la nación.
La segunda recoge el Procedimiento Especial y Transitorio para
las licencias de edificación, ampliación o remodelación de
establecimientos de hospedaje en zonas aledañas a centros históricos
o yacimientos arqueológicos.
El Gobierno regional de Cuzco "argumentaba una posible
discriminación al permitir que esta inversión sólo se realice en
hoteles y restaurantes de cuatro y cinco estrellas o tenedores", una
situación que, a su parecer, se constituía en un "acto de
discriminación" y "estaría impidiendo un correcto ejercicio de la
libertad de empresa", explicó el Tribunal Constitucional en un
comunicado de prensa.
Pero el TC destaca que las leyes, al hacer una diferenciación en
el tipo de inversiones, permite "alcanzar un fin constitucional como
es la recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y
desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del
patrimonio cultural".
El dictamen también sostiene que este tipo de inversiones genera
un flujo de capitales a través de empresas con cierta solvencia
económica y con conocimiento de los servicios que va a brindar,
especialmente cuando "está en juego la imagen del Perú como país
promotor del turismo", según el comunicado de prensa del TC.
La máxima autoridad constitucional considera que las leyes no
obligan ni impiden la inversión en la recuperación del patrimonio
nacional, solamente establecen las condiciones y requisitos que
deben reunir los empresarios privados que desean invertir en este
tipo de actividades.
Cuzco es el principal destino turístico de Perú y cuenta con
innumerables monumentos históricos como la ciudadela inca de Machu
Picchu, declarada por la Unesco como patrimonio de la humanidad,
además de la fortaleza de Sacsayhumán y la ciudadela de
Ollantaytambo. EFE