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Desestiman en Perú demanda contra leyes de inversión vinculadas a patrimonio

Publicado 04.02.2010, 01:43
Actualizado 04.02.2010, 02:07

Lima, 3 feb (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró infundada una demanda contra dos leyes que promueven las inversiones privadas para recuperar y conservar bienes de patrimonio nacional y facilitan la construcción en zonas aledañas a los centros históricos y arqueológicos, informó hoy este organismo.

El TC desestimó el pasado lunes en la ciudad peruana de Arequipa la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Gobierno regional de Cuzco contra las también llamadas por sus detractores como "leyes antipatrimonio", al considerar que eran discriminatorias por estimular sólo la infraestructura turística de alta categoría.

La demanda, que fue admitida a trámite en agosto de 2008, pedía declarar la inconstitucionalidad de la Ley 29164 o "Ley de Promoción y Desarrollo sostenible de Servicios Turísticos en los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación" y la Ley 29167.

La primera establece condiciones que buscan favorecer y promocionar el desarrollo de inversión privada que permita la recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la nación.

La segunda recoge el Procedimiento Especial y Transitorio para las licencias de edificación, ampliación o remodelación de establecimientos de hospedaje en zonas aledañas a centros históricos o yacimientos arqueológicos.

El Gobierno regional de Cuzco "argumentaba una posible discriminación al permitir que esta inversión sólo se realice en hoteles y restaurantes de cuatro y cinco estrellas o tenedores", una situación que, a su parecer, se constituía en un "acto de discriminación" y "estaría impidiendo un correcto ejercicio de la libertad de empresa", explicó el Tribunal Constitucional en un comunicado de prensa.

Pero el TC destaca que las leyes, al hacer una diferenciación en el tipo de inversiones, permite "alcanzar un fin constitucional como es la recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural".

El dictamen también sostiene que este tipo de inversiones genera un flujo de capitales a través de empresas con cierta solvencia económica y con conocimiento de los servicios que va a brindar, especialmente cuando "está en juego la imagen del Perú como país promotor del turismo", según el comunicado de prensa del TC.

La máxima autoridad constitucional considera que las leyes no obligan ni impiden la inversión en la recuperación del patrimonio nacional, solamente establecen las condiciones y requisitos que deben reunir los empresarios privados que desean invertir en este tipo de actividades.

Cuzco es el principal destino turístico de Perú y cuenta con innumerables monumentos históricos como la ciudadela inca de Machu Picchu, declarada por la Unesco como patrimonio de la humanidad, además de la fortaleza de Sacsayhumán y la ciudadela de Ollantaytambo. EFE

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