Madrid, 5 may (.).- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) valora que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) haya limitado a tres 3 temporadas la comercialización de los derechos de retransmisión audiovisual de la Supercopa en España, pero le reprocha que lo extienda a cinco para Europa y para la Copa del Rey.
La CNMC ha emitido este jueves tres informes sobre las condiciones propuestas en abril por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) para comercializar determinados derechos audiovisuales de la Copa del Rey en países de la Unión Europea (UE) y europeos y la Supercopa de España, tanto en el mercado nacional como en otros países europeos.
El organismo regulador ha advertido de que algunas de las propuestas no cumplen los requisitos del real decreto que regula el proceso y pide que se elimine la posibilidad de presentar ofertas por un plazo de cuatro temporadas, como ocurre en dos de las tres propuestas.
Solo en el caso de la comercialización de los derechos en España y Andorra la Supercopa de España, la CNMC "valora positivamente que el plazo se limite a tres temporadas", desde 2022 hasta 2025.
Las otras dos propuestas -la Copa del Rey y la Supercopa de España en la UE y resto de países de Europa-, la Federación extiende la posibilidades de pujar por los derechos a 5 temporadas, hasta el 2027.
No es la primera vez que la CNMC pide este límite de plazo. De hecho, la presidenta de la CNMC, Cani Fernández, llegó a pedir en un acto público el pasado marzo que se liberara a este organismo de tener que informar cada vez que hay un concurso de emisión de derechos de fútbol, teniendo en cuenta que no "hacen caso nunca".
"Voy a intentar hacer la petición de que liberen por favor a la CNMC de tener que informar cada vez que hay un concurso de derechos de fútbol, pues en el informe en el que decimos que no se concedan los derechos por más de 3 años no hacen caso nunca", dijo la presidenta.
En su resolución, dada a conocer este jueves, la CNMC recuerda que "la duración máxima de tres años es la refrendada por las normas de competencia de la UE y los precedentes nacionales" y añade que los contratos de duración superior irían en detrimento de los no adjudicatarios, incluyendo a los que potencialmente lo pudieran ser en los próximos años.
Por otro lado, la CNMC sugiere no imponer obligaciones relativas a la publicidad que no se encuentran amparadas por la norma y que resultan injustificadas, así como eliminar la discrecionalidad de la RFEF en ciertos aspectos, como en la valoración de requisitos técnicos y profesionales.
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