Madrid, 22 dic (.).- La Audiencia Nacional ha declarado ilícito el voto telemático en las elecciones sindicales de Iberdrola (BME:IBE), estimando el recurso de los sindicatos CGT, CCOO y UGT contra el acuerdo alcanzado en ese sentido por la compañía con los sindicatos USO, SIE, ATYPE-CC y ELAS-STV.
En una sentencia fechada el pasado 12 de diciembre -en la que aparecían diversas erratas que fueron corregidas el 16 de ese mes- y que no es firme, la sala de lo social atiende la demanda al entender que mediante el voto telemático "no se estaba garantizando el derecho al sufragio libre, secreto, personal y directo recogido en el Estatuto de los Trabajadores".
El pasado 15 de septiembre, Iberdrola alcanzó un acuerdo con las organizaciones sindicales SIE, ATYPE-CC, USO y ELA-STV para unificar los procesos electorales y aplicar el voto telemático en las elecciones sindicales de dieciséis empresas del Grupo.
Pero en su sentencia, la Sala considera que no se respetaron los principios que rigen el proceso electoral "en lo que se refiere a las funciones que conforme a la ley le corresponde a la mesa, perdiendo las personas trabajadoras y los sindicatos el control de los momentos esenciales del proceso electoral", añade el texto.
Dicho proceso pasa a ser "monopolizado" por expertos informáticos con acceso al sistema, añade la sentencia.
La legislación en materia de representantes de personal de trabajadores por cuenta ajena no admite la posibilidad de emitir el voto de forma telemática, defiende la Audiencia Nacional, ya que tanto la ley como el reglamento que la desarrolla exigen que el voto sea emitido en papel, norma que no puede ser modificada por las partes.
Desde CGT valoran el fallo y recuerdan que "nunca se había usado en ninguna de las empresas demandadas, siendo una novedad absoluta.