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La Audiencia Nacional deja en suspenso una multa de 16,7 millones a Sacyr

Publicado 15.11.2022, 10:47
© Reuters.  La Audiencia Nacional deja en suspenso una multa de 16,7 millones a Sacyr
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Madrid, 15 nov (.).- La Audiencia Nacional ha suspendido la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) que multó en julio a Sacyr (BME:SCYR) con 16,7 millones de euros por llegar, presuntamente, a acuerdos para compartir trabajos y intercambiar información estratégica en contratos de obra.

Junto a Sacyr, la CNMC multó a Acciona (BME:ANA) Construcción (29,4 millones); a Dragados, del grupo ACS (BME:ACS) (57,1 millones) y a FCC (BME:FCC) Construcción (40,4 millones).

Además a Ferrovial (BME:FER) Construcción (38,5 millones) y a OHLA (21,5 millones), lo que elevaba a 203,6 millones las sanción conjunta por alterar, supuestamente, durante más de 25 años (de 1992 a 2017) la competencia en las licitaciones de construcción de infraestructuras.

La Audiencia Nacional ha dado la razón a Sacyr, como ya hizo el pasado septiembre con OHLA, y ha acordado las medidas cautelares presentadas por la compañía para que se suspendiese la multa, que se condiciona a que aporte un aval bancario u otra garantía por el referido importe, y que también se extiende a lo que se refiere a la prohibición de contratar con el sector público.

Sacyr argumentaba que la ejecución inmediata de esta sanción ocasionaría unos "gravísimos e irreparables" perjuicios a la sociedad teniendo en cuenta las propias características de su negocio y su situación económica, según el auto al que ha tenido acceso EFE.

En concreto, explica que de las cuentas anuales de Sacyr, esta multa "desproporcionada" supondría, aproximadamente, el triple de las pérdidas declaradas antes de impuestos y que ascendían a 6,3 millones, acreditándose con ello la magnitud y relevancia del perjuicio que causaría hacer frente en estos momentos a esta sanción.

Sacyr subrayó ante el juez que el importe de la multa ascendía al 15 % de toda la tesorería de la sociedad, por lo que su pago inmediato supondría una reducción significativa de su liquidez, con las consecuencias que ello podría generar para una compañía que ha tenido que afrontar en los últimos ejercicios graves problemas para obtener liquidez.

Además, ante la reducción del dinero disponible en caja, Sacyr podría verse obligada a acudir a los mercados de financiación externa para la ejecución de futuros proyectos, con el sobrecoste que ello acarrearía a la vista del incremento de los tipos de interés.

RIESGO PARA SU VIABILIDAD

Por lo que se refiere a la prohibición de contratar con entidades del sector público, Sacyr argumentaba que la mera remisión de la resolución de la CNMC a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (para que determine la duración y el alcance de esta prohibición) generaría un "muy importante riesgo" para la viabilidad de la compañía.

Además, señalaba que cerca del 30 % de los ingresos de Sacyr en España provienen de los contratos suscritos con Administraciones Públicas, por lo que la prohibición de contratar con esta tendría un "impacto definitivo" en la sociedad.

Todos ellos argumentos que la Audiencia Nacional considera acreditados.

Contra este auto cabe la interposición de un recurso de resposición en el plazo de cinco días.

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