Bruselas, 1 jun (.).- El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) avaló este miércoles la resolución del Banco Popular (BME:POP) en junio de 2017 por parte de la Junta Única de Resolución (JUR), en el que fue el primer caso en el que se aplicaron las normas que imponen pérdidas a accionistas en una liquidación por quiebra bancaria.
En concreto, el Tribunal de Luxemburgo rechazó diversos recursos planteados por la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno y la Fundación SFL, el empresario mexicano Antonio Del Valle Ruiz, el grupo Eleveté y los fondos Algebris, Anchorage y Ronit y Aeris.
La sentencia -contra la que todavía cabe recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE)- desestima "en su totalidad" dichos recursos, que pedían la anulación del dispositivo de resolución del Banco Popular y la decisión del Ejecutivo comunitario que lo aprobó.
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