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Las plantas solares que se podrán instalar por embalse serán tres como máximo

Publicado 31.03.2022, 15:48
© Reuters.  Las plantas solares que se podrán instalar por embalse serán tres como máximo

Madrid, 31 mar (.).- El real decreto del Ministerio para la Transición Ecológica para la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes permite instalar un máximo de tres plantas por embalse y fija la superficie que pueden cubrir en función del estado trófico de las aguas, de forma que cuanto peor sea la calidad, mayor podrá ser la cobertura.

El Ministerio ha sacado a información pública este real decreto, que regula la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico o en otras infraestructuras hidráulicas de titularidad pública que estén conectadas a las redes de transporte o distribución de energía eléctrica.

La regulación de la instalación de estas plantas es una de las medidas incluidas en el real decreto-ley que el Consejo de Ministros aprobó este martes.

Con la instalación de estas plantas solares flotantes sobre embalses, el Ministerio pretende impulsar la capacidad de generación eléctrica de origen renovable, pues la capacidad de esas instalaciones se sumará a la energía producida por las centrales hidroeléctricas, con lo que se aumentará la producción de las instalaciones y se optimizarán las infraestructuras de evacuación de electricidad.

Estas plantas fotovoltaicas tienen un mayor rendimiento energético que los sistemas terrestres por los efectos de enfriamiento del agua y la menor presencia de polvo en los embalses.

El real decreto que sale a consulta establece las condiciones que deben incluir las autorizaciones y condiciones administrativas para la puesta en funcionamiento de las plantas fotovoltaicas flotantes, que también contribuyen a una mejor protección de las masas de agua y a un uso más sostenible del dominio público hidráulico.

La normativa contempla un máximo de tres plantas por embalse y una cobertura parcial de la superficie según el estado trófico de cada uno, de forma que cuanto peor sea la calidad del agua, mayor podrá ser la cobertura.

Así, se limitará el porcentaje máximo de superficie total cubierta a un 5 % en el caso de que el embalse esté catalogado como mesotrófico, es decir con un nivel moderado de productividad biológica; a un 15 % si es eutrófico (con producción biológica alta) y a un 20 % si es hipereutrófico.

No se podrán instalar estas plantas flotantes en embalses oligotróficos (con poca productividad biológica y buena calidad del agua), ni en lagos o lagunas de origen natural.

Según ha señalado el Ministerio, en España hay alrededor de un centenar de embalses de titularidad estatal sobre los que podrían ubicarse este tipo de instalaciones.

El Ministerio y los organismos de cuenca hidrográfica correspondientes harán un seguimiento exhaustivo de cada uno de los embalses, pudiendo establecer el ritmo de cobertura con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos ambientales.

CONCESIONES TEMPORALES POR UN MÁXIMO DE 25 AÑOS

Las instalaciones de generación eléctrica solar fotovoltaica flotante en el dominio público hidráulico se otorgarán mediante concesiones temporales con una duración máxima de 25 años.

Los interesados deberán tener permiso de conexión a un punto de la red de transporte o distribución de energía eléctrica y presentar estudios sobre el posible impacto de las placas solares en la masa de agua.

Los organismos de las cuencas hidrográficas podrán reclamar al concesionario informes técnicos para valorar los efectos de la instalación sobre la gestión del dominio público hidráulico, la seguridad y explotación de infraestructuras, la compatibilidad con el respeto del medio ambiente, la garantía de los caudales ecológicos y las demandas ambientales previstas en la planificación hidrológica.

El Ministerio espera conseguir con estas instalaciones una reducción de la evaporación de las masas de agua y una menor presencia de floraciones de algas en agua dulce gracias a la sombra que dan las placas fotovoltaicas sobre la superficie del agua.

Además, al ser la fotovoltaica flotante un concepto reciente, se establecerán programas de seguimiento para conocer mejor las características de estas instalaciones, plantear los impactos que pueden tener y estudiar los requisitos necesarios para su puesta en marcha.

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