MADRID (Reuters) - El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) confirmó el miércoles la polémica condena de 9 años de prisión por abuso sexual impuesta a los cinco miembros de un grupo autodenominado "La Manada", acusados de la violación grupal denunciada en los Sanfermines de 2016 en Pamplona.
La sentencia confirmó así el fallo dictado el pasado abril por la Audiencia de Navarra, que ya provocó multitudinarias protestas exigiendo un mayor castigo y la condena por un delito de agresión sexual o violación, en lugar de por abuso sexual.
La posterior liberación bajo fianza este verano de los acusados, tras pasar casi dos años en prisión provisional, desató también nuevas protestas.
Colectivos feministas llamaron de nuevo a la movilización en diferentes localidades españolas bajo lemas como "¡Justicia Patriarcal!", "La Manada es el sistema" o "Hermana, yo sí te creo".
"Es una vergüenza que demuestra que el machismo está instalado en los tribunales y hay que tomar medidas", dijo el miércoles el líder de Podemos, Pablo Iglesias, en declaraciones a TVE tras conocerse el fallo.
El TSJN, cuya sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, mantuvo que las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima.
Sin embargo, el tribunal dijo no haber encontrado en los hechos probados elementos ni de violencia ni de intimidación, necesarios para aplicar el tipo penal de agresión sexual o violación a los acusados, y mantuvo la apreciación de la Audiencia de Navarra de que hubo un delito continuado de abuso sexual con "prevalimiento" o superioridad.
"(Existe una) sutil línea divisoria entre la intimidación y el prevalimiento, difícilmente perceptible, pues la víctima —en el prevalimiento— en alguna medida también se siente intimidada", dijo el tribunal, que dijo haber aplicado el principio de "in dubio pro reo", referido a que en caso de duda, hay que favorecer al acusado.
VOTO PARTICULAR
Dos de los cinco magistrados del tribunal formularon sin embargo un voto particular en el que sí abogaron por condenar a los procesados a 14 años y 3 meses por un delito de agresión sexual al apreciar intimidación.
El TJSN estimó además uno de los motivos de los recursos, respecto de la absolución de los inculpados del delito contra la intimidad por la grabación parcial de los hechos, y ordenó a la Audiencia de Navarra que dicte una nueva sentencia sobre este delito.
Los cinco procesados mantenían un grupo de Whatsapp llamado La Manada y entre ellos hay un exmilitar y un exagente de la Guardia Civil.
La fiscalía había pedido casi 23 años de cárcel para cada uno, mientras que los abogados de los acusados habían solicitado la absolución.
El TJSN rechazó el argumento de las defensas respecto a la existencia de un juicio paralelo mediático condenatorio que habría perjudicado a los acusados.
"No se puede presuponer, como hacen las defensas, que la información periodística haya sido sesgada o manipuladora de la opinión pública, sino parte esencial de un debate social, que manifiesta los anhelos de justicia de la población", sostuvo el tribunal.
Cuatro de los cinco miembros de "La Manada" volverán a sentarse en el banquillo en un juzgado de la provincia de Córdoba en otro caso de abuso sexual por unos hechos que presuntamente se produjeron antes del caso de los Sanfermines.
(Información de Blanca Rodríguez; Editado por Jose Elías Rodríguez)