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Nueva sentencia reconoce el subsidio de desempleo a una empleada del hogar

Publicado 25.03.2022, 16:58
Nueva sentencia reconoce el subsidio de desempleo a una empleada del hogar

Barcelona, 25 mar (.).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el subsidio de desempleo para mayores de 52 años a una mujer afiliada al sistema especial de Empleados del Hogar, en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 24 de febrero respecto a este colectivo.

Es el segundo fallo sobre el asunto que se remite a esa sentencia del TJUE, ya que el 24 de febrero último un juzgado de lo contencioso-administrativo de Vigo reconoció por primera vez en España el derecho de una empleada de hogar a cotizar para el seguro de desempleo.

De hecho, el Gobierno ya se ha comprometido a adecuar el ordenamiento legislativo en el sentido de la sentencia del tribunal europeo.

La Sala de lo Social del TSJC ha estimado de esta manera el recurso de suplicación presentado por una mujer contra una sentencia del Juzgado de la Social número 15 de Barcelona de abril de 2021, que la excluyó del subsidio de desempleo.

La resolución, que no es firme y contra la que cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, revoca dicha sentencia y establece que esta empleada del hogar tiene derecho a percibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años.

La Sala de lo Social del TSJC sostiene que corresponde al Estado miembro de la Unión Europea (UE), es decir, a España, en su "calidad de autor de la norma presuntamente discriminatoria demostrar que esa norma reúne los requisitos asociados a una justificación objetiva", y que el colectivo de trabajadores al que excluye de la protección contra el desempleo "se distingue de manera pertinente de otros colectivos de trabajadores que no están excluidos de ella”.

Sin embargo, señala la Sala, la entidad demandada, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), no ha satisfecho prueba alguna de todo ello, ni siquiera indiciariamente.

A falta de estas pruebas indiciarias de la parte demandada, el TSJC señala que se puede estar incurriendo en una discriminación indirecta por razón de género con el colectivo de trabajadoras del hogar, ya que la mayoría son mujeres y carecen de protección por desempleo.

"Esta exclusión aparentemente entraña una mayor desprotección social de los empleados de hogar, que se traduce en una situación de desamparo social", esgrime el TSJC.

/may

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