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El Parlamento español decidido a luchar contra la morosidad con sanciones

Publicado 25.06.2017, 10:35
© Reuters.  El Parlamento español decidido a luchar contra la morosidad con sanciones

Madrid, 25 jun (.).- Las dos instituciones del Parlamento español, Congreso y Senado, han decidido luchar contra la morosidad empresarial con una nueva ley que contemple sanciones y multas que puedan llegar hasta los 900.000 euros en el caso de las más graves.

Las formaciones políticas de Ciudadanos, en la Cámara Baja, y del PDeCAT, en la Alta, han propuesto sendas leyes para cumplir con los plazos legales de pago entre empresas bajo la amenaza de un código sancionador.

Así, mientras la mayoría del Congreso tramitó la semana pasada una proposición de ley que además solicitaba un sistema de arbitraje para solucionar los litigios de forma ágil, el Senado debate esta semana otra iniciativa muy similar que incluye poder sancionar también a las empresas públicas.

La proposición de ley del Senado, iniciativa de los nacionalistas catalanes, será debatida el miércoles y previsiblemente saldrá adelante, ya que en el PP "hay buena receptividad", tal como ha asegurado a EFE el senador Josep Lluís Cleries.

"Esperamos que los diferentes grupos parlamentarios la admitan a trámite y poder abrir una ponencia en la que se hagan aportaciones con enmiendas", ha señalado, al tiempo que ha recordado que ningún grupo ha registrado vetos.

Según el texto de esta proposición de Ley "podrán ser sancionadas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y las entidades de cualquier naturaleza jurídica", por lo que las multas se extienden también a las administraciones, tal como solicitaron la mayoría de diputados en el Congreso la semana pasada.

La iniciativa del PDeCAT solicita multas de entre 30.001 euros y 900.000 para las infracciones muy graves, de entre 6.000 y 30.000 para las graves y de hasta 6.000 euros para las infracciones leves.

Las calificadas como graves serían aquellas que excedan en más de 20 días del plazo de pago legal o que incumplan los plazos y superen los 5.000 euros, al tiempo que las muy graves son impagos por operaciones comerciales que superen los 60.000 euros.

Las sanciones son competencia de las Comunidades Autónomas, que en el caso de una tercera reincidencia en infracciones calificadas como muy graves podrán decretar el cierre temporal de la empresa, el establecimiento o la industria infractora, por un período máximo de un año.

Por otra parte, las infracciones muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves al año.

Cleries ha señalado que la actual ley de lucha contra la morosidad se queda en "las buenas intenciones" y ha asegurado que esta iniciativa agilizará la lucha contra la morosidad, sobre todo entre las grandes empresas, especialmente del sector de la construcción, "que tienen obras subcontratadas y en muchos casos las pequeñas no cobran en plazo".

En este sentido, ha considerado que los ayuntamientos y en general las administraciones cumplen con los pagos y son las pymes las que "no tienen capacidad de resistencia" frente a las grandes compañías que las contratan.

"Para combatir la morosidad se considera básico regular de forma expresa, clara y concisa las infracciones y las sanciones que se derivan por estos incumplimientos", señala la proposición de Ley, que previsiblemente será tramitada conjuntamente con la que ha sido tomada en consideración en el Congreso.

rdm-

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