Santiago de Chile, 21 sep (EFE).- El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de Chile aprobó hoy, en una decisión dividida y sujeta a once condiciones, la fusión de la aerolínea local LAN con la brasileña TAM, informaron fuentes del organismo.
La decisión, tomada tras ocho meses de estudio por parte del Tribunal, abre la puerta a la creación de la mayor aerolínea de América Latina, con un valor bursátil de unos 12.140 millones de dólares.
En un comunicado, LAN y TAM consideraron la resolución "un paso más" en el proceso de fusión de ambas y anunciaron una posición definitiva frente a la resolución tras un estudio "en profundidad" de las medidas de mitigación establecidas por el TDLC.
El proceso de aprobación afrontó diversas trabas, como recursos judiciales presentados por una aerolínea local (PAL) y organizaciones de consumidores, tendentes a evitar la fusión, que tras la resolución emitida este miércoles, sólo podría ser evitada por un fallo de la Corte Suprema de Justicia.
También, para que se concrete la fusión y nazca oficialmente LATAM, como se llamará la nueva aerolínea, falta un pronunciamiento del regulador antimonopolios de Brasil (CADE, en portugués), que se conocerá la última semana de octubre.
Además queda pendiente la aprobación de la alianza en Argentina y España, que se sumaría a Alemania y EE.UU., donde ya fue autorizada.
No obstante, el tribunal chileno condicionó la operación al cumplimiento de once medidas orientadas a evitar un control excesivo de algunas rutas por parte de la nueva aerolínea.
Entre ellas, el intercambio de cuatro pares de slots diarios (ventanas de tiempo para las operaciones) en el aeropuerto de Guarulhos en Sao Paulo, de los que actualmente LAN o TAM sean titulares, con aerolíneas que tengan interés en iniciar o en incrementar servicios regulares de transporte entre Santiago y esa ciudad brasileña.
También la extensión de los beneficios del Programa de Pasajero Frecuente de LATAM a pasajeros de una aerolínea interesada, por el plazo de cinco años, términos especificados por el TDLC.
Además, suscribir acuerdos de interlínea en las rutas Santiago-Sao Paulo, Santiago-Río de Janeiro y/o Santiago-Asunción con aerolíneas interesadas que operen dichas rutas y que así se lo soliciten.
LATAM no podrá aumentar la oferta mensual de asientos disponibles en la ruta Santiago-Sao Paulo en el período que medie entre 15 minutos antes y 15 minutos después del itinerario de vuelo correspondiente a los slots intercambiados y LAN deberá modificar su plan de autorregulación en los términos indicados en la resolución.
La nueva aerolínea también deberá renunciar al menos a una de las alianzas globales en las que participen LAN y TAM.
Otra condición es la eliminación y revisión de los acuerdos de código compartido con aerolíneas que no forman parte de la misma alianza a la que sí pertenezca LATAM, en determinadas rutas y tramos intermedios.
LAN deberá renunciar a cuatro frecuencias de quinta libertad (autorización para volar sin restricciones en el espacio aéreo de otro país) a Lima, para que sean adjudicadas a otra aerolínea chilena, y se restringe su partición en licitaciones de nuevas frecuencias.
También la aerolínea deberá comprometerse a manifestar su opinión favorable a la apertura unilateral de cielos para cabotaje en Chile por empresas aéreas de otros Estados, sin exigencias de reciprocidad.
A ello se agrega un compromiso de promover el crecimiento y la normal operación de los aeropuertos de Guarulhos (Sao Paulo) y Arturo Merino Benítez (Santiago), a fin de facilitar el acceso de otras aerolíneas.
Por último, deberá establecer condiciones de comercialización no excluyentes con agencias de viajes y distribuidores, sin dar incentivos ni comisiones en relación con metas porcentuales de su venta total u otras medidas equivalentes. EFE