Madrid, 7 sep (EFE).- El proyecto de Real Decreto por el que se
modifica el Real Decreto 1199/1999 sobre mercado de tabacos, ahora
en trámite de audiencia, afecta a fabricantes, importadores y
distribuidores al por mayor y supone la eliminación de trabas a la
entrada de nuevos operadores, como la licencia para ser mayoristas.
Según el texto que recoge hoy el Comisionado para el Mercado de
Tabacos en su página web, los cambios que introduce este proyecto
surgen a raíz de la aplicación de la Directiva 2006/123 CE del
Parlamento Europeo para la eliminación del mayor número de
restricciones al libre acceso y ejercicio de las actividades de
servicios.
En este sentido, el texto del proyecto de Real Decreto recoge que
se ha evaluado la normativa reguladora y "ha permitido identificar
una serie de barreras que restringen injustificadamente el acceso y
ejercicio a las actividades de fabricación, importación y comercio
al por mayor de labores de tabaco".
El documento de proyecto en su Título 1, referido a la
fabricación, importación y comercio al por mayor, indica que "se han
eliminado toda una serie de trabas administrativas que no favorecían
la entrada en el mercado de nuevos prestadores de servicios".
De esta forma, desaparece la licencia para las actividades
mayoristas, exigiéndose sólo una declaración responsable del
mayorista sobre su intención de iniciar la actividad, en la que
además ponga de manifiesto su compromiso para cumplir la normativa
vigente.
Detalla que, transcurridos 15 días desde la notificación de la
intención de iniciar la actividad sin que se haya producido reparo
por parte de la Administración, el mayorista estará habilitado para
actuar en el mercado.
Además, desaparecen obligaciones de acreditación específicas para
la extinta licencia, como la de solvencia financiera, la capacidad
técnica o empresarial o la acreditación de los medios de transporte
a utilizar en el caso de los distribuidores.
También se modifica el artículo 6, que regula el registro de
operadores, se elimina la referencia al plazo de tres años de
vigencia de la licencia, que pasa a tener la habilitación carácter
permanente.
Se arbitra una solución específica para las relaciones entre la
normativa de Impuestos Especiales y la normativa del Mercado y se
crea un certificado de inscripción que permitirá la posterior
actuación de la Agencia Tributaria.
El texto indica que el Título III, dedicado a las infracciones y
sanciones, "es el menos afectado por la nueva redacción" y se limita
a adaptar los cambios introducidos, de forma que se elimina en los
artículos 53.2 y 55.1 toda referencia a la autorización o licencia,
y se prevé específicamente la extinción de la habilitación.
Todas las partes afectadas por este proyecto de Real Decreto
podrán realizar sus alegaciones ante el Comisionado para el Mercado
de Tabacos hasta el próximo miércoles 21. EFE