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Corte UE avala que el BCE negase a Aeris y OCU acceso a documentos de Popular

Publicado 06.10.2021, 13:29
© Reuters.  Corte UE avala que el BCE negase a Aeris y OCU acceso a documentos de Popular
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Bruselas, 6 oct (.).- El Tribunal General de la Unión Europea desestimó este miércoles varios recursos presentados por el fondo Aeris Invest, exaccionista del Banco Popular (MC:POP), y por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), contra las decisiones por las que el Banco Central Europeo (BCE) les denegó el acceso a documentos sobre la resolución del Popular.

En el caso de los recursos interpuestos por Aeris Invest, la corte anuló parcialmente una de las decisiones del BCE impugnadas, pero solo por haberle denegado el acceso al resultado de una votación de su Consejo de Gobierno, que aparece en las actas de esa reunión.

El tribunal consideró que esa parte de la decisión de Fráncfort no estaba motivada, por lo que la ha anulado, pero ha desestimado el recurso de Aeris en todo lo demás.

El Banco Popular fue sometido en 2017 a un proceso de resolución ordenado por la Junta Única de Resolución europea que culminó con la venta de la entidad al Banco Santander (MC:SAN) por un euro y acarreó pérdidas millonarias a accionistas y tenedores de deuda de la entidad.

La Junta Única de Resolución (JUR) concluyó más tarde que estos no tenían derecho a compensación puesto que salieron mejor parados que si la entidad se hubiera liquidado.

Aeris, que sufrió pérdidas con la operación, solicitó acceso a varios documentos relativos a la resolución al BCE, que se lo denegó argumentando que se trata de documentos confidenciales cubiertos por el secreto profesional y que contienen información comercialmente sensible que podría afectar a los intereses del Popular y el Santander.

Alegó asimismo que la publicación de la situación de liquidez y capital del Banco Popular en los días previos al a resolución, así como del uso que hizo de la liquidez de emergencia del BCE podrían socavar la eficacia de la política monetaria y la estabilidad financiera.

El Tribunal General de la UE dio hoy la razón al BCE en estos argumentos.

En su sentencia, señala que la institución actuó correctamente al denegar el acceso a la información sobre liquidez de emergencia acogiéndose a una excepción en sus normas de acceso público a documentos y que, efectivamente, divulgar esa información perjudicaría a la política monetaria y el interés financiero.

La corte confirma además que los documentos contenían información confidencial y desestima el argumento de Aeris de que la publicación de la misma no causaría perjuicio a los intereses del Popular y el Santander.

Así pues, avala que el BCE fundase sus decisiones en la protección de la información considerada confidencial y, en una de ellas, en la protección del interés público en cuanto a la política monetaria y la estabilidad financiera.

El Tribunal General utiliza un argumento similar para desestimar el recurso presentado por la OCU, que acudió en 2017 a la justicia después de que el BCE le denegase el acceso al contenido íntegro del informe que determinó que el Popular podía quebrar, de los informes de valoración de la entidad y del expediente completo de resolución.

En una sentencia distinta emitida también hoy, la corte desestima la alegación de la OCU de que la información sobre los activos y pasivos del Popular fuese de dominio público y considera que los documentos contenían información confidencial protegida por el secreto profesional, por lo que el BCE actuó correctamente al denegarle el acceso.

Añade además que la OCU no podía alegar el derecho de defensa para acceder al expediente de resolución, que es está solo disponible para el Popular.

Las decisiones del Tribunal General pueden recurrirse en casación ante el Tribunal de Justicia de la UE.

lpc-

(Más información sobre la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

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