💙 🔷 ¿No le impresionaron las Big Tech en el 3T? Explore estas gangas Blue Chip.Desbloquee todas

Hacienda debe probar abuso en exención del impuesto de no residentes, y no contribuyente

Publicado 21.06.2023, 13:39
© Reuters.  Hacienda debe probar abuso en exención del impuesto de no residentes, y no contribuyente

Madrid, 21 jun (.).- El Tribunal Supremo ha establecido como doctrina que la carga de la prueba del abuso de la exención del impuesto sobre la renta de no residentes recaiga sobre Hacienda y no sobre los contribuyentes, tal y como contempla el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

En una sentencia fechada el pasado 6 de junio a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso rechaza el recurso presentado por el Estado contra una sentencia de mayo de 2021 de la Audiencia Nacional.

En su sentencia, el Supremo aplica la jurisprudencia del TJUE, fijada en sentencias de 2017 y 2019, y modifica y ajusta su doctrina a la misma en relación a la interpretación de la cláusula antiabuso recogida en el artículo 14.1.h del Texto Refundido de la Ley de dicho impuesto.

La administración general del Estado planteaba en un recurso que la carga de la prueba de la aplicación de la exención recogida en el citado artículo 14.1.h), y en consecuencia la demostración de que no es de aplicación la cláusula anti-abuso, correspondía al obligado tributario, que se beneficia de la misma.

Sin embargo, tras analizar las citadas sentencias del TJUE, el Supremo concluye que la carga de la prueba del abuso es de la Administración tributaria.

La sentencia de la Audiencia Nacional que ha ratificado ahora el Supremo daba la razón a una empresa que, en febrero de 2010, no practicó retención a cuenta del IRNR por un reparto de dividendo de 7 millones de euros a su matriz residente en Luxemburgo, al considerar que se encontraba exento.

Tras una inspección, Hacienda realizó una liquidación a dicha empresa con una deuda a ingresar por importe de 838.753,43 euros, de los que 700.000 euros correspondían a cuota y 138.753,43 euros a intereses de demora, al entender que no era de aplicación la exención.

Según Hacienda, la empresa no había podido demostrar motivos económicos válidos para la constitución de la entidad matriz luxemburguesa.

Pero la Audiencia Nacional ya consideró que Hacienda incurrió en una presunción de finalidad exclusivamente fiscal vulnerando la doctrina del TJUE, al invertir la carga de la prueba frente a las alegaciones de la empresa, que invocaba la existencia de móviles económicos.

Para los magistrados, es la administración tributaria la que debe justificar los presupuestos de aplicación de la cláusula antiabuso, siéndole exigible a esta última una mayor prueba.

Ahora, el Supremo reitera que le corresponde a la administración tributaria, y no al contribuyente, probar los presupuestos de aplicación de la cláusula antiabuso acudiendo a los distintos medios de información previstos en los convenios de doble imposición o la Directiva de Intercambio de información (DAC).

Últimos comentarios

Instala nuestra app
Aviso legal: Las operaciones con instrumentos financieros o criptomonedas implican un elevado riesgo, incluyendo la pérdida parcial o total del capital invertido, y pueden no ser adecuadas para todos los inversores. Los precios de las criptomonedas son extremadamente volátiles y pueden verse afectados por factores externos de tipo financiero, regulatorio o político. Operar sobre márgenes aumenta los riesgos financieros.
Antes de lanzarse a invertir en un instrumento financiero o criptomoneda, infórmese debidamente de los riesgos y costes asociados a este tipo operaciones en los mercados financieros. Fije unos objetivos de inversión adecuados a su nivel de experiencia y su apetito por el riesgo y, siempre que sea necesario, busque asesoramiento profesional.
Fusion Media quiere recordarle que la información contenida en este sitio web no se ofrece necesariamente ni en tiempo real ni de forma exacta. Los datos y precios de la web no siempre proceden de operadores de mercado o bolsas, por lo que los precios podrían diferir del precio real de cualquier mercado. Son precios orientativos que en ningún caso deben utilizarse con fines bursátiles. Ni Fusion Media ni ninguno de los proveedores de los datos de esta web asumen responsabilidad alguna por las pérdidas o resultados perniciosos de sus operaciones basados en su confianza en la información contenida en la web.
Queda prohibida la total reproducción, modificación, transmisión o distribución de los datos publicados en este sitio web sin la autorización previa por escrito de Fusion Media y/o del proveedor de los mismos. Todos los derechos de propiedad intelectual están reservados a los proveedores y/o bolsa responsable de dichos los datos.
Fusion Media puede recibir contraprestación económica de las empresas que se anuncian en la página según su interacción con éstas o con los anuncios que aquí se publican.
Este aviso legal está traducido de su texto original en inglés, versión que prevalecerá en caso de conflicto entre el texto original en inglés y su traducción al español.
© 2007-2024 - Fusion Media Ltd. Todos los Derechos Reservados.