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El Gobierno modifica la norma para ampliar el número de asociaciones reconocidas

Publicado 20.06.2023, 13:12
© Reuters.  El Gobierno modifica la norma para ampliar el número de asociaciones reconocidas

Madrid, 20 jun (.).- El consejo de Ministros ha aprobado este martes un decreto que busca ampliar el número de las entidades asociativas prioritarias (EAP) y lograr un sector primario con actores de mayor dimensión y más competitivos.

A propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), el Gobierno ha introducido unas modificaciones a la normativa actual que permitirán el acceso al reconocimiento como EAP a un mayor número de entidades con estrategias de crecimiento diferentes y mejorar su procedimiento de reconocimiento y gestión posterior.

En España hay reconocidas 17 entidades asociativas prioritarias (EAP) dedicadas a la actividad agrícola o ganadera, entre las que figuran sociedades anónimas, sociedades agrarias de transformación, sociedades cooperativas limitadas, sociedades limitadas y cooperativas de primer o segundo grado.

Su ámbito de actuación es supraautonómico, ya que abarca dos o más comunidades autónomas, y su facturación conjunta supera los 5.800 millones de euros.

El MAPA ha explicado en una nota que la catalogación como EAP facilita a estas entidades el acceso a un conjunto de posibilidades de apoyo para el desarrollo de su estrategia empresarial, como las ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Agrícola (Feader).

Además, el plan estratégico de la Política Agraria Común (PAC) contempla intervenciones para el fomento de la integración asociativa por 100 millones de euros para el periodo 2023-2027.

La nueva normativa delimita el tipo de entidades que pueden acceder al reconocimiento como EAP y excluye a las organizaciones de productores, por tratarse de reconocimientos complementarios a distintas formas jurídicas.

También se flexibiliza el requisito de supraautonomía, que se entenderá que se cumple cuando la entidad tenga implantación o ámbito de actuación económica en más de una comunidad autónoma, sin que el número de participantes exceda el 90 % en el ámbito de una concreta, o cuando su volumen de operaciones no exceda del 90 % de una comunidad.

El nuevo decreto elimina todas las referencias del periodo transitorio existente para lograr la totalidad de entrega de la producción y simplifica los supuestos en los cuales es necesaria la solicitud de modificación del reconocimiento, lo que reduce la carga administrativa.

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