Málaga, 23 ago (.).- FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Autocines 2015 SL ante los ayuntamientos de Madrid y Málaga, donde se ubican sus salas, por impedir el acceso de los clientes a los recintos con comida y bebida del exterior, cuestión que "exhiben en su web".
La asociación ha señalado que la actividad principal de la empresa que gestiona las salas de cine no es la hostelería, sino la exhibición cinematográfica, por lo que la prohibición de consumir bebidas y comidas adquiridas fuera del recinto "no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada".
Además, añade que en el interior de los cines es posible adquirir tanto comida como bebida, aunque "a precios más altos".
En el caso de la normativa de la Comunidad de Madrid, esta práctica podría considerarse una infracción grave con multas comprendidas entre los 60.001 y los 600.000 euros, clausura del local desde seis meses y un día a dos años o suspensión o prohibición de la actividad por el mismo periodo, según FACUA.
El artículo 43 de la misma norma alude a que la competencia recae en los ayuntamientos para sancionar, aunque podrá asumirla la Comunidad de Madrid.
En Andalucía, la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas señala que esta práctica puede ser calificada como una infracción grave, con sanciones entre los 300,51 y 30.050 euros.
El artículo 29 establece que los alcaldes "serán competentes para imponer las sanciones pecuniarias previstas en esta ley para las infracciones leves y graves", sin perjuicio de las que pueda determinar la Dirección General de Consumo de la Junta sobre la vulneración de la normativa en defensa de los consumidores.
FACUA entiende que esta prohibición por parte de Autocines 2015 SL vulnera el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece como cláusula abusiva toda práctica que causa "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".