Madrid, 21 sep (.).- Hosteleros que tuvieron que cerrar sus negocios como consecuencia de la pandemia de la covid 19 han alegado ante el Tribunal Supremo (TS) que el "desprecio" y "caso omiso" a las recomendaciones de la OMS, la imprevisión y la tardanza en adoptar medidas del Gobierno justifican que reclamen una indemnización.
El Tribunal Supremo ha comenzado este jueves a tratar los primeros recursos por reclamaciones patrimoniales al Estado por la covid-19 de empresarios y autónomos, que esperan una indemnización por los daños ocasionados por las restricciones durante los estados de alarma, anulados posteriormente por el Constitucional.
Hoy se han celebrado dos vistas públicas de los recursos del hotel Alhambra Palace, que reclama 417.000 euros de indemnización por el cierre desde el 14 de marzo al 1 de junio de 2020, y del Grupo Lateral de restauración, que solicita millón y medio de euros, porque su actividad se vio limitada durante la pandemia.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo tiene sobre la mesa más de 7.000 recursos por reclamaciones patrimoniales, de los cuales ha escogido nueve para fijar la jurisprudencia a seguir para el resto.
En las vistas de hoy, ambas partes han alegado que debieron afrontar un "sacrificio extra" frente a otros sectores económicos, y han acudido al artículo 3.2 de la Ley Orgánica de los estados de alarma, que dice que "aquellos que sufran daños o perjuicios por actos que no les sean imputables tendrán derecho a ser indemnizados".
Esta es la clave de toda esta cuestión, toda vez que no existe jurisprudencia al respecto y el Supremo debe dirimir si es de aplicación automática o hay que cumplir un serie de requisitos que fija la ley general, entre ellos, ausencia de fuerza mayor.
Por su parte, el abogado del Rstado ha considerado "absurdo" que deba indemnizarse de forma automática si se produce el daño, ya que en su opinión el 3.2. actúa como "recordatorio" para remitirse al régimen general, que exige que concurra ausencia de fuerza mayor.
"La Administración no es una aseguradora universal", ha añadido, dejando claro que aquí sí hubo fuerza mayor porque fue una crisis mundial sin precedentes y, por tanto, el Estado no debe indemnizar.