Madrid, 22 abr (.).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) han presentado este jueves su "hoja de ruta" para facilitar la venta de unidades productivas de empresas en concurso, de cara a agilizar estos procedimientos y evitar la destrucción del tejido empresarial.
Según han explicado el presidente del TSJM, Celso Rodríguez Padrón, y el decano del ICAM, José María Alonso, esta "Guía de Buenas Prácticas" responde al trabajo de abogados, jueces, economistas y otros profesionales para salvar el mayor número posible de compañías, en un momento de auge de los concursos por la crisis económica causada por la pandemia de la covid.
El documento establece un protocolo de actuación para potenciar el proceso previsto en el artículo 530 del Texto Refundido de la Ley Concursal, cuya finalidad era instituir un proceso ágil para que la empresa salga del concurso en el menor tiempo posible.
Concretamente, los jueces de lo Mercantil de Madrid se comprometen a declarar el concurso en un plazo máximo de dos días si el proceso de venta realizado por el deudor se ajusta a la Guía y la solicitud va acompañada de todos los documentos que se describen.
"Teníamos que dar un paso al frente y asumir de qué manera podemos ayudar a las empresas y trabajadores autónomos que están sufriendo especialmente los efectos económicos de la crisis sanitaria, porque la experiencia demuestra que una inmensa mayoría de los concursos terminan en la desaparición de la compañía", ha señalado Alonso.
El mecanismo desarrollado prevé además que si se autoriza la venta de la unidad productiva, "esa decisión es irrecurrible", con lo que se pone fin al procedimiento "y permitimos que la empresa sobreviva".
Los documentos necesarios e imprescindibles para delimitar la unidad productiva son, de un lado, la descripción de la actividad económica a desarrollar, y el balance de bienes y derechos (activo), contingentes o condicionales incluidos, y obligaciones (pasivo), cuando se dé una venta en globo o empresa en conjunto.
De otro, la relación "pormenorizada" de bienes, derechos y obligaciones, de patentes, marcas y aplicaciones informáticas -incluso en fase de desarrollo-, las referencias de proyectos terminados o en curso en los que ha participado, las participaciones en sociedades, y los contratos civiles y mercantiles en los que se subrogará, entre otros.
Junto a ellos se deberán aportar también los contratos de trabajo y el convenio colectivo aplicable.
Por su parte, la oferta presentada por quién esté interesado en hacerse con la unidad productiva estará conformada por la información sobre su solvencia, el precio, la modalidad de pago y las garantías aportadas, y el modo de transmisión.
El texto invita además a entes y empresas públicas, cámaras de comercio y organizaciones empresariales, a que se impliquen y favorezcan la información sobre la comercialización de estas unidades para conocimiento de inversores y potenciales oferentes.
"Tenemos que celebrar esta guía. Con independencia del futuro, ya ha valido la pena", ha sentenciado Rodríguez.