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Procesadas 8 personas y 12 empresas por blanqueo y venta de atún rojo de la pesca ilegal

Publicado 09.07.2024, 14:05
© Reuters.  Procesadas 8 personas y 12 empresas por blanqueo y venta de atún rojo de la pesca ilegal

Madrid, 9 jul (.).- La jueza de la Audiencia Nacional María Tardón ha propuesto juzgar a ocho personas y a doce empresas, entre ellas el grupo Ricardo Fuentes, por la comercialización de atún rojo procedente de la pesca ilegal, el blanqueo de los "cuantiosos" beneficios obtenidos y delitos contra la salud pública.

La magistrada se ha pronunciado, en un auto de procedimiento abreviado, sobre una investigación de esas ocho personas, entre los que figuran los responsables de Ricardo Fuentes y del Grupo Pescnortmar y un guardia civil, por hechos presuntamente delictivos vinculados a la pesca y a la adulteración de atún con aditivos.

En su auto, la magistrada considera que los hechos investigados pueden ser constitutivos de los delitos de falsedad documental, contra la salud pública, contra la fauna, contra los consumidores, descubrimiento y revelación de secretos, participación en organización criminal y blanqueo de capitales.

El grupo de empresas Ricardo Fuentes, indica la resolución, es uno de los principales exportadores mundiales de atún rojo, tiene su sede en Cartagena y diferentes granjas de engorde en las provincias de Murcia, así como en Malta y Túnez y almadrabas en Cádiz, Marruecos, Italia y Portugal.

El modus operandi

El auto explica que parte de la actividad de esta trama se llevaba a cabo de manera legal, de acuerdo con la normativa administrativa mientras que, otra parte, se realizaba de manera irregular introduciendo en el mercado atún pescado ilegalmente, con omisión o falsificación de los documentos para su captura o venta.

Esta confusión deliberada entre el atún de procedencia ilícita y en buen estado y el atún de procedencia ilegal y en mal estado fue ideado por la organización para dificultar la detección del fraude, según el escrito.

Para introducir el género capturado de forma irregular o procedente del exceso gestionado en sus granjas de engorde recurrían a falsedades documentales de diversa índole, explica el escrito.

La juez señala que la investigación ha permitido acreditar las "pésimas condiciones de salubridad" en las que se encontraban las instalaciones que utilizaban los investigados en su actuación.

A esto se suma el hecho, dice, de que durante el transporte el género no cumplía con unas mínimas condiciones de higiene como el aislamiento de los productos alimenticios en continente hermético o mínimamente protegido.

Añade que la constante adquisición de atunes de procedencia ilícita y su cobertura en el tráfico mercantil mediante documentación manipulada, alterada o simulada, impedía la trazabilidad de los alimentos.

Esto se debe a que el almacenamiento y posterior venta amparada bajo esta documentación producía la consecuencia de que, finalmente, no podía conocerse de dónde procedía el atún, cuándo se había sacrificado y cuánto tiempo llevaba en expedición.

En el contexto de esta distribución, parte de los ejemplares de atún rojo se encontraban en mal estado, dándoles otra apariencia a través del inyectado de aditivos para dar una imagen de frescura, poniendo en grave riesgo la salud pública de los consumidores, indica.

Para la instructora, han quedado también acreditadas las condiciones en las que funcionaban las instalaciones de los investigados, especialmente una "nave B" que utilizaban sin permiso administrativo y que operaba al margen de los controles sanitarios y en condiciones de salubridad "detestables".

Todo este conjunto de irregularidades, afirma, supone un peligro evidente para la salud pública como demuestra que en algunas de las muestras de pescado analizadas se han detectado concentraciones de histamina en niveles superiores al máximo aconsejable.

Además, subraya que el riesgo para la salud de las personas llegó a concretarse en la detección de alguna intoxicación alimentaria.

En el auto de pase a procedimiento abreviado se acuerda dar un plazo de diez días a la Fiscalía y a las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.

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